Todos los trabajadores por cuenta ajena tienen el derecho de recibir por parte de la empresa un modelo de nómina en el que se recojan de forma clara y sencilla los diferentes conceptos vinculados a su retribución como garantía para que el profesional pueda confirmar la corrección del documento o, en caso contrario, plantear las reclamaciones oportunas.
Así lo establece el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, en el que se estipula lo siguiente: “La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan”.
Ahora bien, este modelo de nómina oficial ha sido modificado recientemente por la Orden de 27 de diciembre de 1994 con el objetivo de aportar mayor transparencia al documento e incluir, junto al importe percibido por el empleado, el coste del trabajador para la empresa.
¿Cómo queda conformado, por tanto, el recibo de salario tras esta nueva normativa? ¿Qué elementos debe recoger el modelo de nómina obligatoriamente?
El encabezado del modelo de nómina oficial está compuesto por los datos identificativos de la empresa y trabajador. En concreto, en este punto, es indispensable señalar los siguientes aspectos:
Asimismo, el modelo de nómina debe recoger la fecha de inicio de la relación laboral, como acreditación de la antigüedad del trabajador en la compañía.
También es imprescindible señalizar el periodo de liquidación de la nómina. Es decir, desde qué fecha y hasta qué día se refiere el pago, puntualizando los días naturales integrados en esa horquilla.
Tras la información identificativa de las partes y la relación contractual (en este artículo detallamos cómo es una plantilla contrato y dónde descargarla), el modelo de nómina debe desglosar los datos sobre la retribución en sí, distinguiendo entre:
Una vez restado al total devengado el total deducible, se obtiene la retribución líquida que percibirá el trabajador. Todo ello, fechado y con el sello y firma de empresa y trabajador.
Hasta este punto, la nueva regulación mantiene los mismos parámetros en cuanto al modelo de nómina oficial. Sin embargo, la Orden ministerial introduce la exigencia de incluir también en el documento los importes relativos a lo que el empleador paga a la Seguridad Social por cada empleado.
Así, en concreto, el modelo de nómina también debe determinar las bases de cotización a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta y de la base sujeta a retención del IRPF y aportación de la empresa”, especificando los siguientes aspectos: